En consecuencia por cuanto la presente demanda no se encuentra incursa en ninguna de las causales del referido artículo 35, se ADMITE cuanto ha lugar en derecho, de conformidad con lo previsto en el artículo 98, de la Ley del Estatuto de la Función Pública se ordena:
PRIMERO: Citar, mediante oficio a la ciudadana DIRECTORA EJECUTIVA DEL INSTITUTO NACIONAL DE NUTRICIÓN (INN), ordenando su citación a los fines que de contestación al recurso, de conformidad con lo establecido en el artículo 99, de la Ley del Estatuto Sobre Función Pública, otorgándosele un lapso de quince (15) días de despacho siguientes a su citación, la cual se entenderá consumada una vez transcurra quince (15) días hábiles, más seis (06) días continuos como termino de distancia conforme a lo establecido en el articulo 205 del Código de Procedimiento Civil. Dichos lapsos comenzarán a contarse a partir de que conste en autos la totalidad de lo ordenado en el presente auto, a tal fin remítase anexo a la citación de la .....