PRIMERO: Declara INADMISIBLE el Asunto Contencioso Administrativo Agrario de Nulidad, interpuesto por los abogados por los abogados Román José Duque Corredor y Juan Vicente Ardila Peñuela, venezolanos, mayores de edad y titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V- 2.455.372 y V- 2.159.322, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 466 y 7.691, actuando con el carácter de apoderados judiciales de la Sociedad Mercantil AGROPECUARIA EL PAGUEY, C.A.; domiciliada en San Cristóbal, Estado Táchira, presuntamente inscrita el 04 de Mayo de 2001, por ante el Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, bajo el Nº 96, Tomo 5-A, según poder especial, debidamente autenticado por ante la Notaria Publica Cuarta de San Cristóbal del Estado Táchira, el 23-07-2003, bajo el N° 63, Tomo 92, de los libros de autenticaciones llevados por esa Notaria; contra los actos administrativos dictados por el Instituto Nacional de Tierras, el 06-02-2003, aprobados por su sesión de.....