Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR, la presente demanda de Divorcio intentada por la ciudadana: MARIA MARGARITA QUINTERO en contra del ciudadano: PEDRO MARIA GUERRA, ya identificados. En consecuencia, se ordena suspender la medida de prohibición de enajenar y gravar, decretada por ante este Tribunal en fecha 18 de dieciocho de 2.007 y participada al Registro Inmobiliario del Municipio Barinas del Estado Barinas, en fecha 19 de diciembre de 2.007, con oficio Nº 1.446, una vez que quede firme la presente sentencia. Líbrese oficio.
Se ordena notificar a las partes por haberse dictado fuera del lapso.
Publíquese, regístrese, expídanse las copias de ley.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instan.....