Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR, la presente demanda de divorcio formulada por los ciudadanos: JOSE ANTONIO FLORES FLORES y EDILIA MOLINA; ya identificados, y en consecuencia queda disuelto el vínculo matrimonial que contrajeron el día 25 de abril de 1.979, por ante la Alcaldía del Municipio Ezequiel Zamora del Estado Barinas, según se evidencia del acta de matrimonio Nº 04, que en copia certificada fue traída a los autos.
Publíquese, regístrese y expídanse las copias de ley.
Dada, firmada y sellada en la sala de despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, en Barinas a los diez (10) días del mes de febrero del año dos mil nueve. Años: 198° de la Independ.....