Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta sentencia en los siguientes términos:
PRIMERO: Declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda de nulidad de asiento registral, interpuesta por la ciudadana Marina Rondón de Santiago, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-3.917.464, debidamente asistida por la abogada en ejercicio Andreína Rondón Guarín, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 146.629, en contra de los ciudadanos: Maria Rosalía Valero Berrios y José Gregorio Hurtado Serrano, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad nros. V-4-255.680 y V-14.663.775, respectivamente.
SEGUNDO: SE DECLARA LA NULIDAD del asiento mediante el cual se protocolizó por ante la Oficina de Registro Público del Munici.....