D E C I S I O N
Por las motivaciones, razones y consideraciones explanadas anteriormente, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta sentencia en los siguientes términos:
PRIMERO: Declara Sin Lugar la Demanda de Cobro de Bolívares por Intimación, intentada por la Abogada MARIA CRISTINA BETANCOURT, ya identificada, actuando en su condición de Endosataria en Procuración del ciudadano JACQUES E. CORTESI L., identificados en autos, actuando en su condición de Propietario de la Letra de Cambio, objeto del litigio, intentado contra el ciudadano LUIGI GONZAGA CHIARELLO MAKHOUL, ya identificado, representado por los Abogados en ejercicio JUAN PEDRO MANRIQUE LOPEZ, ALEXANDRA CHIARELLO MAKOUL, ARTURO CAMEJO LOPEZ y MARY BETZABE LEAL MOLINA identificados en autos, todos de este domicilio.
SEGUNDO: Notifíquese a.....