En mérito de los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta sentencia en los siguientes términos:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR la demanda de divorcio fundamentada en el ordinal 2º del artículo 185 del Código Civil, intentada por la ciudadana Noraida Josefa Burgos Díaz contra el ciudadano Germán Castillo Ramírez, antes identificados.
SEGUNDO: Como consecuencia de lo anterior, se declara DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL por ellos contraído por ante la Oficina de Registro Civil del Municipio Barinas del Estado Barinas, en fecha 29 de marzo de 2010, según se evidencia de copia certificada del acta de matrimonio signada con el N° 250, inserta al folio seis (6).
TERCERO: No se ordena notificar a las partes de la presente decisión, por dictarse dentro del lapso .....