PRIMERO: Por tanto, resulta forzoso para este Juzgador declarar TERMINADO el presente procedimiento por ABANDONO DEL TRÁMITE. Lo cual hace procedente para el mismo la imposición al querellante de la multa en su límite máximo correspondiente.
SEGUNDO: Se suspenden las medidas Innominadas decretadas mediante auto de fecha26 de Marzo del Dos Mil Tres y ejecutadas en fecha 07 de Mayo y 02 de Julio del Dos Mil Tres, por los Juzgados: Accidental Ejecutor de medidas del Municipio Barinas, y Juzgado Ejecutor de Medidas del Municipio Barinas de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas.
TERCERO: Por cuanto esta decisión se publica fuera del lapso de diferimiento. se ordena la notificación de las partes, haciéndoles saber que a partir de la última de
las notificaciones que se practique, sea cual fuere el orden en que las mismas se verifiquen, comenzaran a correr los lapsos para solicitar aclaratorias o ampliaciones de la misma así como para ejercer los recursos legales que fueren proced.....