Por todos los razonamientos de hecho y de Derecho expuestos, este Tribunal de Primera Instancia Penal en función de control No.1 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, DECLARA PROCEDENTE la solicitud de entrega del vehículo efectuada y en consecuencia, SE ORDENA al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas de este Estado, HACER ENTREGA DIRECTA E INMEDIATA a la ciudadana DANIELA ALEJANDRA TORRES VILLANUEVA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-17.680.572, del vehículo Marca JEEP; CLASE CAMIONETA, TIPO SPORT-WAGON, MODELO GRAND CHEROKEE; Año 2007, COLOR AZUL, USO PARTICULAR, SERIAL DEL MOTOR: 8 CIL, SERIAL DE CARROCERIA 8Y8HX58N671508677, PLACA: MEY09F; el cual quedó retenido a orden de la Fiscalía Tercera del Ministerio Público remitido hasta el estacionamiento del C.I.C.P.C, según se desprende del oficio No. 9700-068 S/n, suscrito por el Inspector .....