: CONDENA, al ciudadano NANYER JUSUE ESPAÑA MARQUEZ, identificado supra, a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS Y OCHO (08) MESES DE PRESIDIO, en el lugar que designe el Tribunal de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad correspondiente, por la comisión del delito de ROBO GENERICO, previsto y sancionado en el artículo 457 del Código Penal, en perjuicio de la ciudadana CARMEN LETICIA SILVA. Se condena igualmente a las penas accesorias de Ley, de conformidad con el artículo 13 del Código Penal.
SEGUNDO: EXONERA al Imputado del pago de costas procesales, de conformidad con el artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Una vez, quede firme la presente decisión, remítanse las actuaciones al Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad, de este Circuito Judicial Penal. Regístrese. Déjese copia para el Tribunal.
La presente decisión se público a las 4:20 p.m., del día 23 de julio de 2004.