Este Tribunal de Primera Instancia en Función de Control N° 01, DECRETA: PRIMERO: Califica la Aprehensión del Imputado como flagrante de conformidad con lo establecido en el Art. 248 del Código Orgánico Procesal Penal, SEGUNDO: Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, conforme a lo establecido en el Art., 256 con las condiciones establecidas en el ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal ,de presentarse cada 15 días en la oficina del alguacilazgo; a favor del imputado JEFERSON JOSE RAMIREZ BAUTISTA, Venezolano, Cédula de identidad N° 13.508.951, natural de Cúcuta Colombia, nacido el 15/05/70, de 34 años de edad, hijo de Martina Bautista (V) y de José del Carmen Ramírez (V), residenciado en Barrio El Carmen, Calle 3 con Carrera 4, casa color Verde Claro, Socopó Estado Barinas, por la presunta comisión del delito de Robo Agravado, previsto y sancionado en el Art. 460 del Código Penal Venezolano, TERCERO: Acuerda la prosecución del Procedimiento Ordinario, de conformidad con lo esta.....