Por la razones antes expuestas, este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: PRIMERO: condena al acusado GELMES MARQUEZ RAMIREZ, quien se identifico como: venezolano, portador de la cédula de identidad N° 14.866.730, de 26 años de edad, nacido el 18/07/1979, natural de Santa Bárbara, Estado Barinas, residenciado en San Rafael de Canaguá, vía las Malvinas, Finca la Florida, Sector las Malvinas, Barinas Estado Barinas, de profesión u oficio Obrero, hijo de Luís Maria Márquez Mora (v) y Domiciana Ramírez Méndez (v) y al acusado RAFAEL EDUARDO DAVILA ALVAREZ, quien se identifico como: venezolano, titular de la cédula de identidad N° 23.158.720, de 20 años de edad, nacido el 11/06/1985, natural Buena Vista, Departamento Sucre, Colombia, residenciado en San Rafael de Canaguá, Caserío El Graciero, Casa S/N°, de profesión u oficio Obrero, hijo de Ca.....