Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ORDENA LIBRAR ORDEN DE APREHENSIÓN JUDICIAL y DECRETA PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, a las Imputadas: LUZMILA GONZÁLEZ DE ARCINIEGAS, Colombiana, nacida en fecha de años, soltera, de oficio madre labradora, titular de la cedula de identidad Nº 16.633.987, hija de Catalina González (v) y Narciso Gutiérrez(v) res9idenciada en el Barrio Simón Bolívar, carrera 15 entre 17 y 18, casa Nº 17-30, Socopo, Municipio Antonio José de Sucre tef: 0416- 5784257 y ZULEIMA GUTIÉRREZ GONZÁLEZ, Colombiana titular de la cedula de Identidad Nº 68.292.170, de edad 33 años , de fecha nacimiento 17-11-75, de oficio Esoterica, residenciada en Barrio Simón Bolívar, carrera 15 entre 17 y 18, casa Nº 17-30, todo de conformidad con lo.....