Por todo lo precedentemente expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en Función de Control N° 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le confiere Y con fundamento en el artículo 331 del Código Orgánico Procesal Penal, ORDENA EL AUTO DE APERTURA A JUICIO ORAL Y PUBLICO, contra el acusado CARLOS ALFONSO GOMEZ, Venezolano, de 24 años de edad, natural de Barinas, nacido en fecha 04/10/1981, titular de la cédula de identidad N° 18102178 de profesión u oficio ayudante de albañilería, hijo de Mirian Gómez (V) y no conoce a su padre, residenciado en Barrio Juan Pablo II, vereda "P-03", casa N° 11 Barinas Estado Barinas, , por la comisión de los delitos de ASALTO A TAXI, previsto y sancionado en el Art. 357 del Código Penal Venezolano, en perjuicio de Carlos Raúl Ortiz; y se admiten para ser evacuadas en juicio Oral y Público