La norma consagrada en el artículo 315 del Código Orgánico Procesal Penal, faculta al Fiscal del Ministerio Público, como titular de la acción Penal e instructor, de hacer uso de actos conclusivos del proceso, de decidir con libre apreciación, el hecho de que las circunstancias cumplidas a través de la investigación resulten insuficientes para interponer acusación, sin perjuicio de la reapertura cuando surjan nuevos elementos de convicción; en consecuencia, ante tal Decreto Fiscal, este Tribunal de Control Nº 2, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley le confiere ACEPTA EL ARCHIVO FISCAL Y DECRETA EL CESE DE LA MEDIDA CAUTELAR DE PRIVACION DE LIBERTAD, decretada, contra las Imputadas ZULEIMA GUTIÉRREZ GONZÁLEZ, de nacionalidad Colombiana, titular de la cedula de Identidad Nº 68.292.170, de edad 33 años , de fecha nacimiento 17-11-75, de oficio Esoterica, residenciada en Barrio Simón Bolívar, carrera 15 entre 17 y 18, ca.....