DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, ADMINISTRANDO JUSTICIA en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, de conformidad con el artículo 318, Ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal, solicitado por la Abg. BRENDA ALVIAREZ en su condición de Fiscal Décimo Cuarto encargada del Ministerio Público, a favor de NESTOR GAVIDIA MORENO, venezolano, de 53 años de edad, titular de la cédula de identidad N° V.-4.929.675 y DALIA KARINA GAVIDIA GUERRERO, venezolana de 19 años de edad y domiciliados en el Sector El Bosque Vainilla, adyacente a la carretera que conduce a San Silvestre- Barinas, casa sin número, vivienda tipo rural, construida con paredes de bloque y cemento cubiertas las paredes con pintura a base de agua de color beige sin jardinera ubicada diagonal a los postes de.....