En consecuencia por lo anteriormente señalado este Tribunal de Control N° 06 de este Circuito Judicial Penal del Estado Barinas ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECRETA: PRIMERO: Por considerar que están llenos los requisitos del Articulo 248 del Código Orgánico Procesal Penal, decreta la Aprehensión como Flagrante del Imputado ACTHACER BLADIMIR RAMIREZ PEREZ, venezolano, natural de Barinas, Estado Barinas, nacido en fecha 03-10-1975, de 33 años de edad, ocupación u oficio Albañil, Titular de la Cedula de identidad Nº 13.501.355 (no la porta), hijo de Carmen Pérez (V) y Santos Dimas Silva (f), residenciado en la urbanización Nuestra Señora del Valle, calle 02, casa N° 02, como a 50 metros del Comando del Guardia (alcabala), teléfono 04163785477, Estado Barinas, por la presunta comisión de los delitos de VIOLENCIA PSICOLOGICA, AMENAZA Y VIOLENCIA FISICA, previstos y sancionados en los Artículos 39, 41 y 42 de la.....