PRIMERO: El Tribunal de Control N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, en fecha 01 de Septiembre de 2000, dictó Sentencia condenando al imputado VICENTE ELIAS PAVON MOLINA, Venezolano, de 29 años de edad y titular de la Cédula de Identidad N° 13.211.357, a cumplir la pena de: NUEVE (09) AÑO, DIECISEIS (16) DIAS Y DIECISEIS (16) HORAS DE PRESIDIO y las penas accesorias, por la comisión del delito de: ROBO AGRAVADO, ROBO LEVE Y PORTE ILICITO DE ARMA BLANCA, previstos y sancionados en los Artículos 460, 458 y 278 del Código Penal, en perjuicio de las Ciudadanas Coromoto Moncada, Lilian Sulbaran y Betty del Carmen Contreras.
SEGUNDO: Aplicando el Artículo 484 del Código Orgánico Procesal Penal que establece: "Se descontará de la pena a ejecutar, la privación de libertad que sufrió el penado durante el proceso...", se obtuvo el siguiente resultado: el Penado VICENTE ELIAS PAVON MOLINA, fue detenido preventivamente el día: 02-03-2000, salió en Libertad el 23-03-2000,.....