PRIMERO: El Tribunal de Control N° 04 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, en fecha 22 de Marzo de 2005, dictó Sentencia condenando al acusado LUIS ANTONIO DELGADO MURILLO, a cumplir la pena de: UN (01) AÑO, DIEZ (10) MESES Y DIEZ (10) DIAS DE PRESIDIO y las penas accesorias, por la comisión de los delitos de: EXTORSIÓN EN GRADO DE COOPERADOR INMEDIATO, AGAVILLAMIENTO Y USURPACIÓN DE FUNCIONES, previstos y sancionados en los Artículos 461 en relación con el artículo 83, 287 y 214 todos del Código Penal, en perjuicio del Ciudadano, FERNANDO ANTONIO HERRERA GODOY.
SEGUNDO: Aplicando el Artículo 484 del Código Orgánico Procesal Penal que establece: ?Se descontará de la pena a ejecutar, la privación de libertad que sufrió el penado durante el proceso??, se obtuvo el siguiente resultado: el Penado LUIS ANTONIO DELGADO MURILLO, fue detenido preventivamente el día: 09-03-2004, hasta el día 12-03-2004, donde le fue acordada Medida Cautelar Sustitutiva de Privación de Libertad,.....