Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal de Primera Instancia Penal en Función de Ejecución N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en uso de la facultad conferida por el Numeral 1° del Artículo 479 y 493 del Código Orgánico Procesal Penal, CONCEDE al Penado JESÚS MANUEL SÁNCHEZ BETANCOURT, venezolano, de 18 años de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-18.226.486, soltero, estudiante de Construcción Civil en la Universidad Experimental de los Llanos Occidentales Ezequiel Zamora (UNELLEZ), hijo de Zenaida Marina Betancourt (v) y de Juan Manuel Sánchez (v) y residenciado en el Barrio Corocito, Calle 19, Casa N° 31-18, entre Avenidas 2 y 3, teléfono: 0273-5337583, Barinas, Estado Barinas, actualmente con Medida Cautelar Sustitutiva de la Privación Judicial Preventiva de la Libertad, la SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA, confor.....