Por los razonamientos antes expuesto, este Tribunal de Protección del Niño y Adolescente, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de Ley, DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR, la presente solicitud y fija mensualmente la cantidad de CIENTO CINCUENTA MIL BOLIVARES (Bs. 150.000,00), mensuales, a razón de SETENTA Y CINCO MIL BOLÍVARES (Bs.75.000,00), quincenales y como complemento de ésta, en los meses de Agosto y Diciembre la cantidad de TRESCIENTOS MIL BOLÍVARES (Bs.300.000,00), la bonificación correspondiente al mes de Agosto deberá ser descontada la cantidad de CIENTO CINCUENTA MIL BOLÍVARES (Bs.150.000,00) la primera quincena y la segunda quincena los restantes CIENTO CINCUENTA MIL BOLÍVARES (Bs.150.000,00), del mes correspondiente.
Se ordena a la parte solicitante aperturar una cuenta de ahorro a nombre de la niña y/o adolescente de autos en una entidad financiera de su preferencia, una vez aperturada, deberá consignar a lo.....