en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la presente demanda de divorcio ordinario fundamentado en la causal segunda del Artículo 185 del Código Civil intentada por la ciudadana ROSA DEL CARMEN PACHECO, contra su cónyuge el ciudadano FRANCISCO JOSE CONTRERAS, quedando en consecuencia extinguido el vinculo matrimonial que contrajeron en fecha 22/06/86, según acta Nº 12, por ante el Prefecto del Municipio Dr. Jesús Enrique Lossada, Distrito Maracaibo Estado Zulia y ASI SE DECIDE.
Queda extinguida la comunidad conyugal.
Por haber alcanzado desde la fecha 08-04-2004 la mayoridad las hijas de autos YEISSY MARILY y YENNI MARILY CONTRERAS PACHECO, no hay fijación alimentaria, concesión de guarda, ni fijación de régimen de visitas alguno Y ASI SE DECLARA.
Publíquese, regístrese la presente sentencia y expídanse las copias certificadas de Ley, una vez cause ejecutoria el presente fallo, así mismo notifíquese de la misma mediant.....