se decreta, Primero: Separación de Cuerpos de los cónyuges HANYHY MIGDALIA ROJAS ARIAS y RUBEN GERARDO CARDONA, en consecuencia el derecho a vivir por separado, fijando su domicilio en cualquier parte del País, con la debida participación del Guardador de los hijos al otro progenitor a los fines del debido ejercicio de los restantes atributos de la Patria Potestad que ambos conservan. Segundo: Su separación de bienes por lo que en adelante los bienes que adquieran a titulo personal corresponderá sólo al cónyuge que lo obtenga por cualquier titulo, haciendo también suyos los frutos de su trabajo. Tercero: En relación a la Guarda y Custodia de los niños RUBIANYHY ERNESTINA y RUBEN ANTONIO, de 06 y 01 años de edad, queda conferida a la madre ciudadana HANYHY MIGDALIA ROJAS ARIAS , quien ejercerá la misma en los términos previstos en el articulo 358 de la LOPNA. Cuarto: Con relación a la Pensión de alimentos la madre se compromete a portar la cantidad de CIEN MIL BO.....