En mérito de las consideraciones antes expuestas, este Juzgado del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO formulada por los ciudadanos: JOSE ALEJANDRO ROMERO MELENDEZ y ADELA MUÑOZ DE ROMERO, venezolanos, mayores de edad, casados, civilmente hábiles, titulares de las cédulas de identidad Nros. V 4.248.702 y V- 9.985.675 en su orden, domiciliados en la Urbanización Moromoy III, vereda 32, casa Nº 12, Barinitas, Municipio Bolívar del estado Barinas, con fundamento en el artículo 185-A del Código Civil y en consecuencia DECLARA DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL por ellos contraído, por ante la Prefectura de la Parroquia "El Carmen" del Municipio Barinas del estado Barinas, en fecha 21 de diciembre