En mérito de las consideraciones antes expuestas este Juzgado del Municipio Pedraza de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta sentencia en los términos siguientes:
PRIMERO: Declara SIN LUGAR la demanda de DESALOJO, y de COBRO DE CANONES INSOLUTOS, intentada por la Apoderado Judicial SOLAIRA MOLINA HERNANDEZ, en representación de la ciudadana CRUZ DELINA CORDERO, en contra del Ciudadano: ANTONIO JOSE MARTINEZ BUSTAMANTE, identificados en autos.
SEGUNDO: Se condena en COSTAS a la parte demandante, conforme a lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, por haber resultado totalmente vencida.
QUINTA: Se ordena notificar de la presente decisión, por haberse dictado fuera del lapso previsto en el artículo 887 ejusdem.
Publíquese y Regístrese y expídanse las copias certificadas de ley, una vez quede ejecutoriado el presente fallo.