Con base a los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Juzgado Segundo del Municipio Barinas, de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: INCOMPETENTE en razón de la MATERIA para conocer de la Demanda PARTICION Y LIQUIDACION DE COMUNIDAD CONYUGAL, interpuesta fecha 13/10/2010; interpuesta por el ciudadano ARNALDO JOSE GARRIDO, asistido por el abogado en ejercicio JULIO VIVENTE PEREZ AGUILAR, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº. 9.262.961, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 45.208, en contra de la ciudadana LUCENITH DEL PILAR LOZANO, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cedula de identidad Nº 15.829.577, en consecuencia, se declina la competencia objetiva para el conocimiento de la presente causa al Juzgado de Primera Instancia en Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judi.....