PRIMERO: DECLARA SIN LUGAR, la demanda de COBRO DE BOLIVARES POR INTIMACION, intentada por el Abogado en ejercicio MARCO AURELIO GARCÍA RAMÍREZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de identidad Nº V-12.823.535, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº: 134.504, actuando con el carácter de endosatario en procuración de una letra de cambio del ciudadano RIGO ALBERTO BALTA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 9.983.107, Contra YILMAN YESENIA BOLIVAR BOLIVAR, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 9.383.146.
SEGUNDO: De conformidad con lo establecido en el Artículo 274 del Código de procedimiento civil se condena en costas a la parte demandante.
TERCERO: No se notifica a las partes de la publicación de la presente decisión por haberse dictado dentro del lapso, de conformidad con el artículo 362 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese, regístrese y expídase las copias de ley, de conformidad c.....