DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, esta Sala Accidental de la Sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley; declara: PRIMERO: SIN LUGAR EL RECURSO DE APELACIÓN DE SENTENCIA CONDENATORIA, interpuesto por el Abogado José Gregorio Rivero, en su condición de Defensor Público contra la sentencia publicada en fecha 26.06.06, dictada por el Tribunal 4° de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, mediante la cual fue condenada la acusada NEIDA DEL CARMEN PEREIRA, por la comisión del delito de Homicidio Intencional Simple, previsto y sancionado en el artículo 407 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano Luis Alberto Espinel Márquez. SEGUNDO: Se confirma la sentencia referida. Todo de conformidad con los artículos 364 y 456 del Código Orgánico Procesal Penal. Se mantiene bajo la detención domiciliaria, hasta tanto el Juez de .....