D I S P O S I T I VA
Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, esta Sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, ADMINISTRANDO JUSTICIA en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: Con lugar el Recurso de Apelación interpuesto por el Abg. LUIS ALVARO UTRERA CUEVAS, en su condición de apoderado judicial de la ciudadana ELVIRA BENARDITA GUERRERO, quien posee la cualidad de victima, contra la decisión de fecha 12 de Junio de 2015, dictada por el Tribunal Quinto de Control de este Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, En consecuencia, se ANULA la decisión referida, conforme a lo previsto en los artículos 174 y 175 del Código Orgánico Procesal Penal y se ordena a otro tribunal que por distribución le corresponda, pronunciarse en relación con la solicitud hecha por el abogado JULIO RANGEL NIETO, defensor privado de la imputada BARBARA BENIGNA OROZCO, prescind.....