Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, decide en los términos siguientes:
UNICO: Decreta Medida de Secuestro: sobre un inmueble arrendado consistente en un local comercial, signado con el número 8, ubicado, en el centro comercial Don Juán, en la calle camejo de la ciudad de Barinas, Municipio Barinas, numero 12-60;alinderado de4 la siguiente manera: Norte: Calle Camejo, en doce metros, con Cuarenta Centímetros (12,40Mts); SUR: terreno municipal, en doce metros con cuarenta centímetros (12,40Mts); Este: Mejoras con Rosa Aura Natera en veintisiete metros con ochenta centímetros (27,80Mts) y OESTE: local comercial en veintisiete metros con ochenta centímetros (27,80Mts); específicamente el local N° 08 de la planta baja de dicho centro comercial, alinder.....