Visto lo anterior este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Barinas de Circuito Judicial Civil de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 807, 808, 822, 823, 824 y 825 del Código Civil, en concordancia con el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA: ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de cujus ROGER ARMANDO ANDUEZA, quien en vida fuere venezolano, mayor de edad, soltero, cédula de identidad Nº V-9.382.719, quien falleció ab-intestato en fecha 28/01/2.016, según Acta de Defunción Nº 23, de fecha 04/02/2016, folio 3, a la ciudadana ROSA DEL CARMEN ANDUEZA VERGARA, mayor de edad, cédula de identidad Nº V-3.590.816 en su condición de madre del causante.
EL JUEZ,
ABG. OSCAR EDUARDO ZAMUDIA ARO.
LA SECRETARIA,
ABG. GLADYS TERESA.