PRIMERO: Se declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio, fundamentada en el artículo 185 del Código Civil en concordancia con la Sentencia Vinculante N° 1070, de fecha nueve (09) de diciembre del año dos mil dieciséis (2016), dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, con Ponencia del Magistrado Juan José Mendoza Jover, formulada por el ciudadano Julio Cesar Yegre Torrealba, venezolano, mayor de edad, civilmente hábil titular de la cédula de identidad Nº 14.242136; domiciliado en la calle 2, 24 de junio sector 1, Casa 1 Nro. 64 Urbanización San Estaban, Municipio Puerto Cabello, Estado Carabobo, debidamente representado por la Abogada en Ejercicio Ángela Solórzano Gómez, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 15.384.776, Inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 305.425, domiciliada en la Ciudad de Barinas y la ciudadana Carmen Beatriz Camacho Prieto, venezolana mayor de edad, titular de la cédula de identidad .....