Este Tribunal de Control N° 1, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: Primero: Califica como Flagrante la aprehensión de los imputados: ALIRIO RAMON IZARRA NIETO, venezolano, no porta cédula de identidad y no se sabe el número, soltero, nacido en fecha 04-01-1972, de 34 años de edad, profesión u oficio obrero , nacido en Palmarito, Estado Apure , grado de instrucición ninguno, hijo de Lina Araujo Nieto (F) y Ramón Izarra (v), residenciado en Terminal Nuevo, Queniquea, ciudad Bolivia, Pedraza, casa N° 13, Pedraza del Estado Barinas, y CONSOLACION VIRIGAY , venezolano, porta cédula de identidad dice tener el Nº 10.254.089 , soltero, nacido en fecha 03-08-1957, de 48 años de edad, profesión u oficio albañil, nacido en Pregonero Estado Táchira , grado de instrucción ninguno, hijo de Vicenta Virigay (F) y Vicente Pereira (F), residenciado en el Barrio Quiniquea, vía el río, Pedraza, del Estado Barin.....