Por lo anteriormente expuesto este JUZGADO SEPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY. DECRETA PRIMERO: Acuerda LA LIBERTAD PLENA de conformidad con lo establecido en el articulo 44 ordinal 1 en concordancia con el articulo 49 ordinal 2 de la Constitución Nacional de la Republica Bolivariana de Venezuela, de los ciudadanos JESÚS ALBERTO BRACHO VELAZCO, venezolano, natural de Maracaibo ? Estado Zulia, de 20 años de edad, casado, de oficio obrero, titular de la cedula de identidad N° 19.178.262, nacido el día 18-11-84, hijo de Jesús Alberto Bracho Finol y de Francia Elena Velasco y residenciado en San Francisco El Bajo, Av. 14, Calle 52, N°. 14-06, al frente de la Perfumería Guaicaipuro, Municipio San Francisco del Estado Zulia. 2.-.- JAIRO ANTONIO NEGRETTE PARRA, venezolano, natural de Maracaibo ? Estado Zulia, de 22 años de edad, co.....