´PRIMERO: Se declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio, fundamentada en el artículo 185 del Código Civil en concordancia con la Sentencia Vinculante N° 1070, de fecha nueve (09) de diciembre del año dos mil dieciséis (2016), dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, con Ponencia del Magistrado Juan José Mendoza Jover, formulada por el ciudadano Jesús Salvador Capizzo Castillo, venezolano, mayor de edad, civilmente hábil, titular de la cédula de identidad Nº 12.203.898, domiciliado en la Urbanización Rodríguez Domínguez, Manzana A, Numero 10, Avenida Cruz Paredes con Avenida Carabobo, Parroquia Corazón de Jesús, Municipio Barinas, Estado Barinas, debidamente representado por el Abogado en Ejercicio Herder Antonio Puerta Vidal venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 9.259.593, Inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 134.882, con domicilio procesal en la Urbanización Dominga Ortiz de Páez, Calle 09, Casa Nº 19.....