En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Cuarto Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, dicta sentencia en los siguientes términos:
PRIMERO: Se declara COMPETENTE, para conocer del presente recurso de apelación.
SEGUNDO: Declara parcialmente Con Lugar la apelación interpuesta en fecha 16-04-2015, por los abogados Genny Yulmar Molina Molina y Pedro Miguel Molina García, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cedulas de Identidad Nros. V- 11.841.366 y V- 14.867.195, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 104.631 y 405.499, actuando con el carácter de Apoderados Judiciales de la ciudadana Encarnación Zerpa, Venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-2.501.721, contra la decisión dictada en fecha 31-03-2.015, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del.....