este Tribunal de Primera Instancia en Función de Control N° 01, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECRETA: PRIMERO: Califica la Aprehensión del Imputado como flagrante de conformidad con lo establecido en el Art. 248 del Código Orgánico Procesal Penal, SEGUNDO: Medida de Privación Preventiva de Libertad, conforme a lo establecido en los Artículos 250 y 251 del Código Orgánico Procesal Penal, en contra del imputado JULIO CESAR CARVAJAL GARCIA, venezolano, de 24 años de edad, titular de la cédula de identidad N° V.-15.742.444, obrero y estudiante, nacido el 08/09/82, hijo de Yaritza del Valle García (V) y de Víctor Rafael Carvajal (V), natural de Cumana Estado Sucre, grado de instrucción Segundo de Bachillerato, soltero, residenciado en el Barrio Corocito, calle 17, casa S/N, frente a la cancha de basket, Barinas Estado Barinas, por la presunta comisión de los delitos de ASALTO A TAXI, previsto y sancionado en el tercer ap.....