Por todos lo razonamientos anteriormente expuestos, éste Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta sentencia en los siguientes términos:
PRIMERO: Declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por Desalojo incoada por la ciudadana la ciudadana Petra María Guevara Palencia, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-4.924.847, procediendo en su carácter de Apoderada de los ciudadanos Andrés Eloy Guevara Palencia, Wilma Gisela Guevara Palencia, Clark Antonio Guevara Palencia, Iris del Valle Guevara Palencia y Livis Tibisay Guevara Palencia, venezolanos, mayores de edad, de éste domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-4.930.266; V-8.144.755; V-9.385.888; V-4.260.522; V-4.926.032; V-4.256.869; y, V-9.267.410, respectivamente, asistida de los Abogados en ejercici.....