DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal de Control Tercero del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, ADMINISTRANDO JUSTICIA en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EXTINGUIDA LA ACCION PENAL y en consecuencia EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, de conformidad con lo establecido en el artículo 318, Ordinal 2° del Código Orgánico Procesal Penal, a favor del Ciudadano: ISMAEL ARMANDO HOLGUIN JAIME, colombiano, mayor de edad, titular de Ciudadanía No E-82.116.804, domiciliado en la calle 22, entre Av 2 Y 3 Barrio queniquea casa N° 56, Ciudad Bolivar, Municipio Pedraza por la presunta comisión de uno de los delitos en CONTRA LAS PERSONAS, cometido en perjuicio de la ciudadana: YUDELIS JOSEFINA BERNUDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 12.908.127, domiciliada en Caracas, Av Monte Cristo con Rómulo Gallegos Residencia.....