EL TRIBUNAL OBSERVA:
PRIMERO: corre inserta al expediente Copias Certificadas de las Partidas de Nacimiento de las niñas y del niño de autos.
SEGUNDO: los ciudadanos antes identificados convinieron por ante este Tribunal, que el ciudadano WILSON MIGUEL JAIMES BUENAÑO, se obliga alimentariamente a favor de sus hijos por la cantidad mensual de TRESCIENTOS BOLIVARES FUERTES (BsF.300,oo) mas dos cuotas adicionales al año por la cantidad de QUINIENTOS BOLIVARES FUERTES (BsF. 500,oo) , la primera en el mes de Septiembre con ocasión al inicio del año escolar y la segunda en el mes de Diciembre con ocasión a las festividades navideñas, cuando pueda, mis recursos obligaciones personales y familiares se lo permitan le da mas, asimismo el 50% de los gastos médicos, calzado y vestido de uso diario, como cumplimiento de la Obligación.
TERCERO: Dichas cantidades deben ser depositadas por el ciudadano WILSON MIGUEL JAIMES BUENAÑO, en la Cuenta de Ahorros de la Entidad Bancaria Banfoandes, or.....