PRIMERO: se declara COMPETENTE para conocer la demanda de ACCIÓN DE RECONOCIMIENTO EN SU CONTENIDO Y FIRMA, interpuesta por el ciudadano Carlos David Velazco Monasterio, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-17.876.920, en contra del ciudadano Fabio Miguel Chacón Niño, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-11.021.248, de conformidad con lo establecido en el artículo 197 y siguientes de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario.
SEGUNDO: Se declara SIN LUGAR la RECONVENCIÓN plantada por el ciudadano Fabio Miguel Chacón Niño, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-11.021.248, en contra del ciudadano Carlos David Velazco Monasterio, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-17.876.920.
TERCERO: Se declara con lugar la demanda que por ACCIÓN PETITORIA (RECONOCIMIENTO DE DOCUMENTO PRIVADO), incoare el ciudadano ciudadano Carlos David Velazco Monasterio, venezolano, mayor de edad, titula.....