Se declara Sin Lugar el recurso de apelación interpuesto por la ciudadano: José Luis Berrios Laguna.
Se declara Parcialmente Con Lugar la demanda incoada por la ciudadana: Lesbia del Real Uzcátegui Ramírez.
En beneficio de la niña de autos se fija como obligación alimentaría la cantidad mensual de: cuatrocientos bolívares (Bs. 400,00); y la cantidad de: un mil bolívares (Bs. 1.000,00), como bonificación adicional para el mes de agosto, y para el mes de diciembre la cantidad de: un mil bolívares (Bs. 1.000,00) como contribución paterna para los gastos escolares y de fin de año..
Se Confirma la decisión apelada.