En mérito de las consideraciones antes expuestas, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Barinas del Circuito Judicial Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la Solicitud de Divorcio, con fundamento en lo establecido en el artículo 185 del Código Civil y en concordancia con el criterio contenido en la Sentencia Vinculante Nº 693, dictada en fecha 02-06-2015, Expediente Nº 12-1163, por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia; formulada por los ciudadanos Marilú del Valle Méndez Bustamante y José Vicente Rangel Belandria, civilmente hábiles, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 18.290.118 y 12.463.967, respectivamente, debidamente representados por el abogado en ejercicio Pedro Adonay Simancas, venezolano, mayor de edad, civ.....