Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide en los siguientes términos:
PRIMERO: Declara SIN LUGAR la demanda de retracto legal arrendaticio, interpuesta por la abogada en ejercicio María Belén Guglielmo, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 85.479, en su carácter de co-apoderada judicial de la empresa mercantil "Concentrados Zamora, C.A.", originariamente inscrita por ante los libros de Registro de Comercio llevados por la secretaría del otrora, Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, anotado bajo el Nº 29, folios 96 al 100 vto., Tomo I, Adicional 1 del Libro de Registro de Comercio, de fecha: 07 de agosto de 1.990, representada por los ciuda.....