Oída la exposición de las partes, este Tribunal de Primera Instancia en Función de Control N° 5, administrando Justicia en nombre de la Republica por autoridad de la Ley DECRETA: PRIMERO: Califica la aprehensión del imputado como flagrante de conformidad con lo establecido en el Art. 248 del Código Orgánico Procesal Penal, SEGUNDO: Se decreta Medida Cautelar Sustitutiva, conforme a lo establecido en el Art. 256 ordinales 3° y 6° del Código Orgánico Procesal Penal a favor del imputado MARCOS OSCAR JIMENEZ, no porta cédula de identidad, manifiesta ser venezolano, portador del número de cédula de identidad V-13.882.408, de 24 años de edad, obrero, en la finca los reyes, vía caño hondo, Municipio Rojas, nacido el 2/10/79, natural del Estado Barinas, hijo de Julio César Mendez (V) y de Francis Jiménez , (V), tercer año de bachillerato residenciado en el Caserio el polvero, casa S/N, vive con la abuela de nombre Elsa Molina, frente a la residencia del Comisario de la aldea Concepción Pére.....