este Juzgado Superior en lo Civil y contencioso-Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región de Los Andes, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, DECLARA CONSUMADA LA PERENCIÓN Y EXTINGUIDA LA INSTANCIA, en el RECURSO DE NULIDAD interpuesto por el Abogado HECTOR ARGENIS SANDOVAL, titular de la cédula de identidad N° V- 7.417.851, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 73.707, con el carácter de co-Apoderado Judicial del ciudadano HERLES ENRIQUE RIVAS VERGARA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-3.994.645, domiciliado en la ciudad de Mérida del Estado Mérida, contra la Empresa COMPAÑÍA ANONIMA HIDROLOGICA DE LA CORDILLERA ANDINA (C. A. HIDROANDES), empresa filial de la Compañía ANONIMA HIDROLOGICA DE VENEZUELA (C.A. HIDROVEN), en virtud de que la instancia se ha extinguido de pleno derecho por paralización de la causa por más de un año.