Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, éste Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta sentencia en los siguientes términos:
PRIMERO: Declara CON LUGAR la demanda por Reivindicación incoada por los Abogados en ejercicio Luis Manuel Spaziani Peñalver, Mary Grace Marinelli Devlin y Rosalía Cammarata Salcedo, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 20.481, 28.059 y 63.047 respectivamente, en su carácter de apoderados judiciales del ciudadano Luis Beltrán Montilla, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-1.213.331, contra la ciudadana Gloria Belén Buenaño, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.135.506.
SEGUNDO: Se condena a la ciudadana Gloria Belén Buenaño, supra identificada, a desocupar de personas y bienes, el inmueble consistente en .....