En consecuencia por lo anteriormente señalado este Tribunal de Control No 05 de este Circuito Judicial Penal del Estado Barinas ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, hace el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: Decreta la aprehensión en flagrancia de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal al imputado, EDICSON JOSÉ AYALA BRACAMONTE venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No 12.832.423, de 33 años de edad, ocupación mecánico, residenciado en el sector Punto Fresco en el kiosco La Carreta de color ladrillo, Barinas Estado Barinas, por la presunta comisión del delito de HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 453 ordinales 3 del Código Penal, en perjuicio del Edificio "Los Marqueses". SEGUNDO: Decreta Medida Privación Judicial Preventiva de Libertad al imputado de conformidad con lo establecido en el artículo 250 y 251 del Código Org.....