En mérito de las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este TRIBUNAL SEGUNDO DEL MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BARINAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 12, 243 del Código de Procedimiento Civil y 185-A del Código Civil Vigente, DECLARA CON LUGAR la solicitud de separación de cuerpos posteriormente conversión en Divorcio, presentada por los ciudadanos: GERMAN JOSE ECHEVERRIA Y CARMEN ROSA MENDEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V–14.046.296 y V-13.238.630, respectivamente; asistidos por el Abogado en ejercicio, JUAN SERGENT, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 8.033.523, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 60.936; en consecuencia, declara disuelto el vínculo matrimonial que los une en virtud del matr.....