EL TRIBUNAL OBSERVA:
PRIMERO: corre inserta al expediente Copia Certificada de la Partida de Nacimiento del adolescente XXXXXXX XXXXXX XXXXXXX XXXXXXX.
SEGUNDO: los ciudadanos antes identificados convinieron por ante este Tribunal, que el ciudadano PABLO EMILIO SÁNCHEZ, se obliga aumentar la manutención a favor de su hijo, por la cantidad mensual de CIEN BOLÍVARES (Bs. 300,00), más comprar la totalidad de los útiles y uniformes escolares en el mes de Septiembre con ocasión al inicio del año escolar, por un valor aproximado de CUATROCIENTOS BOLÍVARES (Bs. 400,00); así como, comprarle la ropa en Diciembre con ocasión a las festividades navideñas, por un valor aproximado de TRESCIENTOS BOLÍVARES (Bs. 300,00), asimismo el 50% de los gastos de vestido, calzado, medicinas y recreación, como cumplimiento de la Obligación.
Este Juzgado del Municipio Antonio José de Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivaria.....